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A fines de marzo, Argentina legalizó el uso medicinal de la marihuana. La ley 27.350 autoriza la compra del aceite derivado de esta planta y la producción estatal de cannabis para tratamientos terapéuticos e investigación, procurando así un marco legal para estas y otras cuestiones.
Luego de varios pedidos por parte de familiares de pacientes con distintas dolencias y algunos incidentes a raíz de la detención de personas que cultivaban cannabis para uso medicinal, se instaló en nuestro país un debate sobre el que todavía se sigue discutiendo. ¿Para quién debería ser legal el consumo? ¿cuáles son realmente sus beneficios terapéuticos? ¿puede tener acciones adversas?¿cuál es su marco jurídico? son algunas de las preguntas a las que todavía buscamos respuestas.
Existe mucha información disponible pero no concluyente. Así lo plantea Pamela Bertoldo, especialista en farmacia hospitalaria, profesora de nuestra Facultad de Ciencias Químicas , cuando recuerda que estamos hablando de un producto que tiene efecto terapéutico, o no, según el uso sobre el cuerpo humano.
“De la planta de cannabis se han identificado alrededor de 104 cannabinoides, los que se unen a receptores del cuerpo y producen efectos en tejidos periféricos como el aparato gastrointestinal, el hígado, el páncreas, entre otros. Tenemos que mirar a los componentes derivados desde una perspectiva de medicamento, es decir pensar en los efectos terapéuticos porque dentro de las acciones se sabe que tiene respuesta en receptores del dolor”, plantea la especialista.
Según Ariel Martínez, especialista en neuropediatría y docente de nuestra Facultad de Medicina, su uso hoy es principalmente para los pacientes con epilepsia refractaria, que son aquellos que a pesar de haber probado tratamientos persisten con crisis convulsivas. Afirma que el aceite de cannabis estaría indicado como un tratamiento paliativo, junto con la dieta cetogénica y el estimulador vagal, aunque aclara que en realidad no existen en la actualidad estudios metodológica y científicamente validados que nos permitan sacar conclusiones definitivas sobre su uso tanto en la eficacia como en la seguridad. No obstante, destaca el único estudio con características prospectivas y multicéntrico (de Devinsky y colaboradores), en el que se comprobó que luego de 12 semanas de uso el 35% de los pacientes redujo a la mitad el número de convulsiones.
Con respecto a los efectos adversos o a posibles contraindicaciones, Martínez explica que el principal argumento que genera resistencia al uso de aceite de cannabis en la comunidad médica radica justamente en la insuficiente información tanto sobre la eficacia como los efectos adversos del uso prolongado de esta sustancia. “La mayoría de los hasta ahora reportados (efectos adversos) son leves y consisten en somnolencia, diarrea, inapetencia o aumento del apetito”, concluye el neurólogo.
Por su parte, Bertoldo aclara que estos productos no tienen un mecanismo de garantía para el usuario, es decir que lo que está en la calle no es autorizado por ANMAT (Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica) salvo excepciones; y eso puede ser inseguro para los pacientes.
Desde el punto de vista jurídico, vale la pena aclarar que para la ley penal el cannabis constituye un estupefaciente por lo tanto no es extraño que en algunas situaciones se susciten puntos de tensión. Razón por la cual el especialista en Derecho Procesal y profesor de nuestra Facultad de Derecho y Ciencias Sociales, Gerardo Romero sostiene que será necesario precisar y distinguir lo que es objeto de prohibición y lo que constituye una práctica prevista por la ley, esto es, el empleo terapéutico de la sustancia.
“Esta ley, que crea un Programa Nacional en la órbita del Ministerio de Salud con el objetivo de emprender acciones de promoción y prevención orientadas a garantizar el derecho a la salud; un registro nacional voluntario para la inscripción de pacientes que sean usuarios de aceite de cáñamo y otros derivados de la planta de cannabis; y que permitirá que la ANMAT importe el aceite cuando sea requerido por pacientes contemplados en el programa asegurándoles su gratuidad; ha constituido un gran avance”, resalta Romero. Pero también destaca que aún se reclama la inclusión de aspectos que no han sido contemplados como lo relativo al denominado autocultivo por ejemplo, lo que amerita un serio y profundo análisis.
El martes 30 de mayo tuvo lugar en nuestro Auditorio la jornada Cannabis medicinal. Perspectiva actual cuyo objetivo fue abordar una temática vigente actualmente en nuestro país a raíz de la legalización del uso terapéutico del aceite de Cannabis.
Si no pudiste venir a la charla, la podés ver aquí ↓
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